SII

SII - Suministro Inmediato de Información.

¿Está preparada su empresa para presentar el IVA online?

Todo lo que tiene que saber para gestionar su IVA telemáticamente a través del Suministro Inmediato de Información SII en 2017

¿Qué es?


El SII (Suministro Inmediato de Información) o IVA "online" es un procedimiento más moderno y ágil de gestión telemática de los libros contables. Mediante el mismo y a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT) las empresas deberán suministrar los registros de facturación de forma electrónica (no las facturas).

A través de esta información, la AEAT podrá ir configurando, en tiempo real, los distintos Libros Registro.

¿Cuando entra en vigor?


Será de obligado cumplimiento a partir del 1 de Julio de 2017, momento en el cual unas 62.000 empresas Españolas deberán suministrar sus registros de facturación de manera electrónica.

¿Quiénes están obligados?


  • Grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04 €).
  • Empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual del I.V.A. (REDEME).
  • Grupos de IVA.
  • Opcionalmente cualquier contribuyente que no cumpla con los supuestos anteriores, podrá acogerse a este sistema.

¿Qué ventajas tiene el sistema?


  • Las autoliquidaciones periódicas podrán presentarse más tarde (10 días adicionales).
  • No habrá que presentar los modelos 340, 347 y 390.
  • Debido a que la AEAT tendrán al detalle el contenido de las facturas, habrá menos requerimientos de información por su parte.
  • La sede electrónica dispondrá de los datos fiscales de cada empresa para poder realizar un borrador de IVA, con lo que se facilitará su declaración y se disminuirán los errores.

Suministro Inmediato de Información (SII)

Mejora la gestión de su negocio

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Preguntas frecuentes

Es el Sistema de Suministro Inmediato de Información, el más moderno procedimiento para llevar los libros a través de la Sede Electrónica de la AEAT. También se conoce como "IVA online".

En una primera fase, a partir del día 1 de Julio de 2017, unas 62.000 empresas deberán adaptarse al Sistema.

  • Grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04 €).
  • Empresas acogidas al Registro de Devolución Mensual.
  • Grupos de IVA.
  • Cualquier contribuyente que quiera acogerse al SII.

La primordial es que los registros de facturación de las empresas (además de la declaración de otras operaciones), deberán realizarse telemáticamente en la sede electrónica de la AEAT.

  • Deberá tener un software de contabilidad actualizado y adaptado al nuevo Sistema de Suministro Inmediato de Información.
  • Habrá de remitir mediante suministro electrónico los siguientes tipos de Registro:
  • Facturas Expedidas
  • Facturas Recibidas
  • Bienes de Inversión
  • Registro de determinadas Operaciones Intracomunitarias.
  • Importante: La información debe remitirse en un plazo máximo de 4 días desde la emisión o recepción de la factura. En el 2017 el plazo de envío será de 8 días. El cómputo de días es natural, exceptuando sábados, domingos y festivos nacionales.
  • No hay que presentar los modelos 347, 340 ni el 390.
  • La Agencia Tributaria obtendrá la información en tiempo real.
  • No tendrás que llevar un libro de registro, ya que este se irá formando en la AEAT con la información que se vaya proporcionando.
  • La AEAT creará un "borrador del IVA" que recibirán las empresas para su posible presentación, con lo que habrá menos errores.